Análisis epidemiológico de los delitos contra la libertad sexual y la valoración médico legal en el Departamento de Ucayali
Enero - Marzo 2008


Pablo César Llauca Flores (1)

Resumen

Introducción: Los delitos contra la libertad sexual constituyen la patología social emergente más importante de los casos de violencia contra la mujer, la presente investigación tiene por objetivo determinar las características epidemiológicas de las personas que acuden para determinar su integridad sexual, y las características anatómicas del himen al momento de la valoración médico legal de una supuesta violación sexual. Objetivos: Determinar que características epidemiológicas presentan los grupos afectados, así como las características anatómicas al examen ginecológico médico legal. Diseño: Estudio Descriptivo retrospectivo. Lugar: Instituto de Medicina Legal, División Médico Legal B - Ucayali. Participantes: La población de estudio consistió en 110 evaluaciones a pacientes que acudieron para determinar su integridad sexual, durante el primer trimestre del año 2008. Intervenciones: Se revisó la base de datos sistematizada y se seleccionaron los casos que requirieron una pericia ginecológica, se clasificó según grupo etáreo, procedencia, motivo del examen, y las características himeneales. Resultados: El 10,12% del total de reconocimientos médico legales correspondieron a DCLS (Delitos Contra la Libertad Sexual), el grupo etáreo con mayor vulnerabilidad fue el de 13-17 años (52,8%), sólo el 35% confirmaron acto violatorio en la consulta; el 46,6% de los hímenes no presentaban lesiones, fueron íntegros y el 44,3% fueron dilatables. Conclusiones: En este estudio se demuestra que no existe una adecuada tipificación del delito de violación sexual al momento de las denuncias en las instituciones encargadas, en el 10% de los casos se confirmó gestación que constituye evidencia definitiva de violación sexual con penetración y en el 2,7% se evidencia laceración anal que constituye hallazgo sugestivo de abuso sexual.

Palabras clave: Violación sexual, himen, medicina legal.

Abstract

Introduction: The crimes against sexual freedom are the most important emerging social pathology of violence against women. This research aims to determine the epidemiological characteristics of people who come to determine their sexual integrity, and the anatomical characteristics of hymen at the time of medicolegal assessment of an alleged rape. Objective: To determine the epidemiological characteristics that show the affected groups, as well as anatomical features show at the forensic gynecological examination. Design: Retrospective descriptive study. Setting: Institute of Legal Medicine, Headquarters Ucayali. Participants: The population consisted in 110 patients attending evaluations to determine their sexual integrity in the first quarter of 2008. Interventions: We reviewed the systematic database and selected cases that required a gynecologic expertise, qualified by age group, origin, reason for examination, and hymenal characteristics. Results: 10.12% of total medical-legal examinations corresponded to DCLS (Crimes Against Sexual Freedom), the most vulnerable age group was 13-17 years (52.8%), only 35% confirmed act violation in the consultation, 46.6% of those without lesions were intact hymen and 44.3% were expandable. Conclusions: This study demonstrates that there is no adequate definition of the crime of rape when it’s reported in the responsible institutions, in 10% of cases, it is confirmed that pregnancy constitutes conclusive evidence of rape and sexual penetration and in 2,7% the evidence of anal laceration is finding suggestive of sexual abuse.

Key words: Rape, hymen, jurisprudence.

Introducción

La Organización Mundial de la Salud, consideró a la violencia contra la mujer como la patología social emergente más grave de la última década (1), nuestro país no está ajeno a esta problemática social, constituyéndose los delitos contra la libertad sexual, y la violencia familiar como los de mayor frecuencia.

La libertad de la persona discurre entre la ley que manda y la ley que prohíbe, la Constitución reconoce y protege la libertad en sus diversas manifestaciones y en el Código Penal vigente en su Libro Segundo: Parte Especial Delitos: Título IV (Delitos contra la libertad), Capítulo IX (Violación de la libertad sexual), se concluye que los Delitos Contra la Libertad sexual agrupan: la violación sexual, violación de persona en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir, violación de persona en incapacidad de resistencia, violación sexual de menor de edad, violación de persona bajo autoridad o vigilancia, seducción y actos contra el pudor (2).

En los Delitos contra la libertad sexual se busca proteger el derecho a la libertad sexual, entendida en un doble sentido: un derecho a la libertad, a la autodeterminación sexual en los mayores de edad y un derecho a la indemnidad e intangibilidad de los menores de edad. Es de entender como libertad sexual la capacidad legalmente reconocida que tiene una persona para autodeterminarse en el ámbito de su sexualidad, y como indemnidad sexual la preservación de la sexualidad de una persona cuando no está en condiciones de decidir sobre su actividad sexual (menores e incapaces); en ambos casos es evidente que el fundamento material de las infracciones que las comprende es el derecho a una actividad sexual en libertad.

La modificatoria del Artículo 170 del Código Penal vigente, relacionado a la violación sexual, establece que este delito se comete cuando una persona “con violencia o grave amenaza obliga a otra a tener acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías” (3). Ante el conocimiento de parte de la Fiscalía, Juzgados o dependencias policiales, ya sea por denuncia de parte y/o de oficio, ante el presunto delito de violación sexual, y en conformidad con el Capitulo IX del Código Penal vigente, se dispondrá que en el día se realice la evaluación médico legal correspondiente a la persona que ha denunciado una supuesta violación sexual.

Sin embargo aún existen imprecisiones al momento de solicitar dicha pericia médico legal, debido al desconocimiento de la autoridad solicitante de los cambios en las definiciones jurídicas (4). La presente investigación tiene por objetivo determinar las características epidemiológicas de las personas que acuden para determinar Integridad sexual, y las características anatómicas del himen al momento de la valoración médico legal de una supuesta violación sexual.

Material y métodos

El diseño del estudio es descriptivo retrospectivo. La población del presente estudio incluyó a todos las personas que acudieron a la División Médico Legal de Ucayali entre los meses de enero y marzo del 2008, en quienes se requerían pericias médico-legales de integridad sexual, por disposición de las dependencias policiales y Fiscalías del departamento de Ucayali.

Se revisó la base de datos sistematizada de la dependencia del Instituto de Medicina Legal de Ucayali, seleccionando al total de personas que acudieron por una denuncia de Violación Sexual. Se clasificaron según grupo etáreo, según procedencia de la denuncia, según el motivo del examen de integridad sexual referido por la persona examinada. Asimismo se determinó y describió las características del himen, la presencia de lesiones (las lesiones himeneales fueron clasificadas según la existencia de desgarros recientes o desgarros antiguos), y la presencia de lesiones extragenitales.

Fueron excluidas las personas que no dieron su consentimiento para la evaluación ginecológica médico legal. La base de datos fue registrada en el software Microsoft Excel XP, para el análisis estadístico se realizó mediante el programa SPSS versión 13.0 para Windows.

Gráfico 1. Porcentaje de personas que acudieron para reconocimiento médico legal por delitos contra la libertad sexual. Ucayali, Enero-Marzo
del 2008.

En el período de estudio correspondiente al primer trimestre del año 2008, se realizaron 1264 reconocimientos médico legales, de los cuales 128 (10,12%) fueron pericias médicas realizadas por delitos contra la libertad sexual. Se excluyeron 18 casos por encontrarse registros duplicados (01 caso), varones que no aplican para valoración ginecológica (04 casos) y aquellos que no dieron su consentimiento para la evaluación ginecológica médico legal (13 casos); siendo 110 evaluaciones la población total del presente estudio.

En cuanto a la distribución etárea se observó que el grupo de mayor vulnerabilidad es el comprendido entre los 13-17 años, constituyendo el 52,8% (58 casos), de ellos el 43,1% (25 casos) tuvo antecedente de relación sexual previa al acto violatorio. Del total de casos un 38,2% (42 casos) refirió inicio de relaciones sexuales previas al acto violatorio, con una edad media de inicio de vida sexual activa de 13,5 años.

Gráfico 2. Distribución etárea de las personas que acudieron para reconocimiento médico legal por delitos contra la libertad sexual.
Ucayali, Enero-Marzo del 2008.


Gráfico 3. Procedencia de las solicitudes para RML por delitos contra la
libertad sexual. Ucayali, Enero-Marzo del 2008.

En cuanto a las instituciones solicitantes de los reconocimientos de integridad sexual, el 97.6% provinieron de dependencias policiales y sólo el 2,4% fueron requeridas por disposición de Fiscalía.

Durante la anamnesis solamente el 35% refirió haber sido víctima de acto violatorio, un 25,2% refirió tocamientos indebidos, en un 13,8% se requirió examen de integridad sexual por abandono del hogar familiar, un 14,6% no refirió causal alguna para la pericia ginecológica.

Los hímenes que no presentaron lesiones durante la determinación médico legal fueron clasificados de acuerdo a su morfología, de estos un 46,6% presentaron integridad himeneal (borde interno que delimita el orificio sin lesiones). Un 44.3% fue clasificado como himen dilatable o complaciente por presentar una elasticidad aumentada y un orificio amplio. Un 9,1% presentó rezagos de himen, en relación a parto anterior, denominados carúnculas mirtiformes.

Gráfico 4. Clasificación de los hímenes sin lesiones durante la determinación médico legal de integridad sexual. Ucayali, Enero-Marzo del 2008.

Discusión

Durante el primer trimestre del año 2008, la División Médico Legal de Ucayali realizó 1264 reconocimientos médico legales, de los cuales el 10,12% (128 casos) fue catalogado, tomando como referencia los oficios remitidos por las dependencias policiales y Fiscalías, como supuesta violación sexual. De ellas el 97,6% provinieron de dependencias de la policía nacional del Perú (PNP) y solo el 2,4% de las Fiscalías.

A la valoración médico legal, en la entrevista médica únicmente el 35% (39 casos), refirió haber sido víctima de acto violatorio, existiendo un gran sesgo de información por parte de las instituciones solicitantes de la pericia de integridad sexual, debido posiblemente al desconocimiento tanto de las concepciones legales como forenses.

Se realizaron un total de 110 evaluaciones ginecológicas, de ellas en 22 casos se observó lesiones himeneales antiguas, en forma de desgarros, lo que constituye el 20% de los casos examinados, no se encontraron lesiones himeneales recientes. La tasa porcentual es similar a los resultados encontrados en una División Médico Legal de Lima durante los meses de julio y agosto del 2005, que determinó que un 23.2% de casos (46/198) presentó lesiones himeneales (5).

En ningún caso se evidenció la presencia de desgarros recientes, y sólo en el 20% (22 casos) se observaron desgarros antiguos; en el 21,8% (24 casos) se observaron lesiones extragenitales; en el 0,9% (01 caso) se evidenció trauma en la región vulvar que constituye un hallazgo no especifico, ya que se observan con relativa frecuencia en niñas sin antecedentes de abuso sexual (6); y en el 2,7% (03 casos) se evidenció laceración anal, con dilatación anal inmediata, lo que constituye un hallazgo sugestivo de abuso sexual (7); en el 10% (11 casos) se evidenció gestación, constituyendo un hallazgo confirmatorio de penetración y considerada evidencia definitiva de violación sexual con penetración (8).

En cuanto a la clasificación morfológica de los hímenes que no presentaron lesiones, el 46,6% (41/88) presentó un himen integro; el 44,3% (39/88) fue catalogado como himen dilatable o complaciente, por presentar una elasticidad aumentada y un diámetro del orificio del introito vaginal mayor de 30 mm. (9); un 9,1% (8/88) presentó carúnculas mirtiformes. Debemos considerar que la integridad del himen no se opone a la pre-existencia de una cópula, debido a la elasticidad del mismo, por ello es importante la comprobación al examen de la resistencia a la dilatación. Asimismo si el himen no es dilatable y esta integro puede excluirse la violación.

Si consideramos solamente a las personas que refirieron violación sexual (39 casos), tenemos que en el 14% (06 casos) se tuvo hallazgo confirmatorio de penetración: el embarazo es considerado evidencia definitiva de violación sexual con penetración, de igual forma únicamente en 4,7% (02 casos) se evidenció laceración anal, con dilatación anal inmediata, lo que constituye un hallazgo sugestivo de abuso sexual.

A toda persona que es evaluada mediante una pericia ginecológica médico legal se le realizan métodos complementarios de evaluación, que brindan el sustento científico necesario para fundamentar y desarrollar la pericia y las conclusiones médico legales emitidas en el certificado médico legal realizado a presuntas víctimas de delitos contra la libertad sexual. La toma de muestras biológicas hasta un período máximo de 96 horas permite detectar cualquier célula espermatológica en vagina, es normal observar espermatozoides intactos (con cola) en vagina dentro de las 24 horas siguientes al acto sexual. Se toma 2 muestras por medio de hisopado (región vestibular, orificio cervical externo, fondo de saco vaginal posterior) para buscar indicios del semen (espermatozoides, fofatasa ácida prostática), los mismos que son remitidos al servicio de biología forense en la ciudad de Lima que nos brinda un dictamen pericial del análisis espermatológico.

Para muchos laboratorios periciales la única prueba irrefutable de presencia de semen en la muestra es la observación microscópica de un espermatozoide completo. La presencia de un espermatozoide completo es la prueba innegable de semen, es muy común encontrar en las muestras fragmentos de espermatozoides, ya sea cabeza o cola, pero debido a la contaminación con la que generalmente se encuentran estos restos muchas veces estos fragmentos pueden ser confundidos con esporas o bacterias.

La implementación del Nuevo Código Procesal Penal constituye un paso importante hacia la modernización del Instituto de Medicina Legal, por ello la evaluación y valoración de presuntas víctimas de delitos contra la libertad sexual nos brinda la oportunidad de uniformizar los criterios médico legales y los métodos complementarios de evaluación nos ofrece el sustento científico necesario para fundamentar la pericia y emitir dictámenes técnico-científicos de medicina legal así como brindar asesoramiento en la especialidad a la función fiscal, judicial y otros que colaboren con la administración de justicia.

Agradecimientos

Al doctor Sebastián Pedro Ticona Flores, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Ucayali.

A la señorita Milsa Guerra Ojanama, por las facilidades brindadas para la elaboración del presente trabajo.

Referencias Bibliográficas

  1. Asociación Argentina de Psiquiatría. Reporte 2004.Los delitos sexuales: Encuadre jurídico y algunas reflexiones médico legales. Buenos Aires: AAP; 2004.
  2. Chirinos F.Código Penal: comentado - concordado - sumillado. 4º ed. Lima: Editorial Rodhas; 2008.
  3. Ley Nº 28251. Modificación del Art. 170º del Código Penal;Perú, Junio 2004. Disponible en: http://www.cajpe.org.pe/rij/bases/legisla/peru/28251.pdf
  4. Código Penal. Delitos contra la libertad sexual.Art. 170º: Violación sexual; Perú, 1991. Disponible en: http://www.cajpe.org.pe/rij/bases/legisla /peru/pecodpen.htm
  5. Pacheco J, Palomino F, De la Cruz N.Lesiones del himen en la determinación médico legal de la integridad sexual. Anales de la Facultad de Medicina. 2005;66(4):274-281.
  6. Ermani Schiavon.Importancia de la exploración anogenital en la evaluación del niño y del adolescente con sospecha de abuso sexual. Revisión de la clasificación Internacional. Acta Pediatr Méx. 2001;22(6):454-459.
  7. Achiaval, A.Manual de Medicina Legal. 4º ed. Buenos Aires: Editorial Perrot; 1994.
  8. Kellogg ND, Menard SW, Santos A.Genital anatomy in pregnant adolescents: “normal” does not mean “nothing happened”. Pediatrics. 2004;113:e67-69.
  9. Adams JA, Botash AS, Kellogg N.Differences in hymenal morphology between adolescent girls with and without a history of consensual sexual intercourse. Arch Pediatr Adolesc Med. 2004;158(3):280-285.

1 Médico Asistencial de la División Médico Legal de Ucayali. Instituto de Medicina Legal-Ministerio Público (IML).