Reglamento
1. La Fundación Instituto Hipólito Unanue, otorga cada 3 años el “Premio Medalla de Oro Hipólito Unanue” con el propósito de reconocer y enaltecer los méritos intelectuales, éticos, culturales, científicos, docentes y humanísticos de los profesionales de las ciencias de la salud; quienes a través de sus actividades en el Perú hayan destacado por su meritoria labor en la profesión que ejercen, así como en su proyección social en bien de la comunidad.
2. El Premio se confiere a los profesionales de las cuatro disciplinas de las ciencias de la salud: Medicina, Cirugía, Odontología, Farmacia y Bioquímica.
3. Podrán ser candidatos al premio los profesionales peruanos de nacimiento y los nacionalizados con una antigüedad de veinte años en el país y con una actividad profesional no menor de treintaicinco años.
4. Los candidatos al premio deberán ser presentados obligatoriamente por entidades representativas de carácter científico y académico a más tardar el 31 de agosto del año en que se otorgue el premio. Para tal efecto las propuestas se harán conforme a la ficha anexa al presente reglamento.
5. El premio consiste en una Medalla de Oro grabada en el anverso con la efigie de Hipólito Unanue y el nombre del premio y en el reverso los nombres de la fundación y del profesional distinguido con el premio mencionando la disciplina que ejerce, además se hará entrega de un Diploma con los mismos datos consignados en la Medalla.
6. El Premio se concederá cada tres años, a más tardar en el mes de diciembre en Ceremonia Especial a la que se invita a las autoridades de las instituciones públicas y privadas vinculadas con la Salud.
7. Para los efectos del otorgamiento del premio se designará un jurado especial conformado de la siguiente manera:
• El Presidente del Consejo Consultivo de la Fundación.
• Un Representante del Consejo Consultivo de la Fundación en cada profesión en la que se otorga el premio.
• Los Decanos de los Colegios profesionales correspondientes.
• Los Presidentes de las Academias de las cuatro disciplinas.
• Dos representantes de la Asociación Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM) (un médico y un cirujano), un representante de la Asociación Peruana de Facultades de Odontología (ASPEFO) y un representante de la Asociación Peruana de Facultades y Escuelas de Farmacia y Bioquímica.
En caso de que no acrediten a sus representantes, alguna de estas instituciones, el Consejo Consultivo designará a un profesional que haya recibido el premio con anterioridad.
8. Es incompatible el cargo de Presidente o miembro del jurado con el de candidato al premio.
9. La evaluación de los currículum vitae de los candidatos se hará en forma individual y nominativa en base a los siguientes parámetros:
• Profesional (Asistencial, docente, institucional)
• Científico-Académico-Intelectual
• Ético-Social
10. La evaluación de los candidatos se realizará en dos etapas:
Primera: En cada área de la disciplina.
Segunda: En forma conjunta, integrando los jurados de las cuatro disciplinas.
11. Los acuerdos del jurado, en las dos etapas, se tomarán por mayoría simple. En caso de empate el Presidente tendrá el voto dirimente.
Se le otorga el premio al candidato que haya logrado la más alta votación del jurado en pleno. Sus acuerdos son inapelables.
12. El premio solo se otorgará por única vez a un determinado profesional.
13. Los profesionales que resulten ganadores del premio serán incorporados como Miembros de Honor del Consejo Consultivo de la Fundación.
14. Los candidatos propuestos que no resultaran ganadores podrán ser propuestos nuevamente en el siguiente concurso.
15. La Fundación establecerá un registro de los profesionales a quienes se les ha otorgado el premio, figurando el año en que lo obtuvieron.
Asimismo, se registrará a los candidatos que fueron presentados y que no resultaron ganadores.
16. Las situaciones no previstas en este documento las resolverá el jurado en pleno.
Marzo, 2012
|