Reglamento: Contribución Económica a la Investigación Científica

1. GENERALIDADES.-

1.1. La Fundación Instituto Hipólito Unanue de acuerdo a sus fines dispone en su presupuesto anual de un fondo para contribuir a la Investigación Científica en Medicina, Cirugía, Farmacia y Bioquímica, y Odontología.

1.2. Los trabajos de investigación pueden ser realizados por un investigador o grupo de investigadores, con el respaldo y autorización de una entidad pública y/o privada relacionada a la salud. El equipo debe contar siempre con un investigador principal quien se constituye en el punto de contacto y responsable del proyecto ante la Fundación.

1.3. El equipo de investigación debe necesariamente contar con la participación de un profesional médico, odontólogo o químico farmacéutico, adicionalmente pueden participar otros profesionales vinculados con el área de la salud.

1.4. La contribución a la investigación que otorga la Fundación Instituto Hipólito Unanue será por el período de un año, pudiendo prorrogarse cuando ella se justifique mediante un informe escrito y detallado del avance de la investigación y del balance económico, y deberán contar con la opinión favorable del coordinador informante.

1.5. La Fundación Instituto Hipólito Unanue apoyará prioritariamente temas de investigación orientados a tratar de solucionar los problemas de salud del país y previa aprobación de la Comisión ad-hoc nombrada para cada proyecto.

1.6. La Fundación cumple el rol de financiador total o parcial, siendo de responsabilidad integral del Investigador el obtener todas las autorizaciones regulatorias necesarias para implementar el proyecto. Un listado de ellas:

1.6.1. Autorización de la entidad que albergará la realización del estudio.
1.6.2. Autorización del Instituto Nacional de Salud o prueba de comunicación formal a esta institución en los casos que se requiera solo informar (estudios no-intervencionales).
1.6.3. Autorización del comité de ética pertinente para estudios en seres humanos o en animales.
1.6.4. Aprobación del Consentimiento Informado por el Comité de Ética pertinente y el Instituto Nacional de Salud.

1.7. El Investigador igualmente se compromete a realizar el proyecto adhiriéndose a las normas de Buena Práctica Clínica de la Conferencia Mundial de Armonización u otras similares

http://www.ich.org/fileadmin/Public_Web_Site/ICH_Products/Guidelines/Efficacy/E6/E6_R1_Guideline.pdf

2. PROCESO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

2.1. Los requisitos para acceder a la contribución de la Fundación Instituto Hipólito Unanue son los siguientes:

2.1.1. Presentar una solicitud en el plazo establecido en la convocatoria de cada año con el
nombre del Proyecto, su importancia y aplicación práctica del mismo.
2.1.2. Carta de la institución donde van a realizar la investigación.
2.1.3. Presentar el curriculum vitae de los investigadores.
2.1.4. Presentar el plan de trabajo detallado incluyendo cronograma y costo total, así como la existencia de otras fuentes de financiamiento del proyecto. Si el proyecto tuviera una duración mayor de un año, deberá presentarse el programa de gastos hasta su culminación.
2.1.5. La Fundación designará para cada proyecto un profesional, en calidad de COORDINADOR para que realice la evaluación de los informes presentados por los investigadores sobre su desarrollo.
2.1.6. Presentar el compromiso de informar cada 3 meses, a través del Coordinador, el avance y desarrollo de la investigación. Los informes periódicos deberán ser aprobados por la Comisión de Trabajo del Consejo Consultivo.
2.1.7. El o los investigadores, al finalizar la investigación, se comprometen a presentar un artículo original sobre los resultados obtenidos para su publicación en el órgano oficial de la Fundación Revista “Diagnóstico”, la que se condiciona a la aprobación del Comité Editorial de la misma.

3. PROCESO DE EVALUACIÓN Y DICTAMEN DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA.

3.1. La Comisión de Trabajo de la Fundación nombrará una comisión ad-hoc para la evaluación de cada uno de los proyectos de investigación científica presentados.

3.2. Cada comisión ad-hoc constará de dos expertos en el tema propuesto.

3.3. Cada miembro de las comisiones ad-hoc emitirá su informe individual que será elevado a la Comisión de Trabajo del Consejo Consultivo dentro de los treinta días posteriores a la presentación del proyecto.

3.4. El estudio del plan de investigación propuesto se efectuará teniendo en cuenta, entre otros factores, lo siguiente:

3.4.1. Que el o los solicitantes sean personas con suficiente capacidad e idoneidad en el campo científico en que se desarrollará la investigación y que cuenten con estabilidad institucional y prestigio personal en el campo en el que se va a investigar.
3.4.2. Que el tema de la investigación tenga una orientación al desarrollo de las Ciencias de la Salud y que sea de utilidad para la colectividad.
3.4.3. Que el o los investigadores cuenten con la infraestructura y equipamiento necesarios para desarrollar el proyecto de investigación en forma eficiente.
3.4.4. Que los investigadores permitan que el coordinador del proyecto, en forma periódica, pueda examinar la marcha y el avance de la investigación así como los resultados finales.
3.4.5. Que previo estudio de todos los aspectos económicos de la investigación, se evalúe la conveniencia de continuar la contribución económica cuando el plazo se haya cumplido.

3.5. Cada comisión ad-hoc devolverá a la Comisión de Trabajo, junto con su informe y dictamen, todos los documentos que les fueron entregados para su estudio de la investigación.

3.6. En casos de solicitud de prórroga, previo estudio de todos los aspectos económicos de la investigación, se evaluará la conveniencia de continuar la contribución económica cuando el plazo se haya cumplido.

4. PROCESO DE ENTREGA DE LOS FONDOS ASIGNADOS

4.1. Los montos asignados a los proyectos elegidos para ser financiados se entregarán en montos escalonados y de acuerdo al avance y cumplimiento del cronograma establecido.

4.2. El pago final se realizará a la entrega del informe final / y del artículo para publicación.

4.3. Todos los pagos requieren la concurrencia y aprobación del COORDINADOR designado.

5. ENLACES DE INTERÉS

http://www.portal.ins.gob.pe/es/ogitt/ogitt-c2/investigacion-en-salud/protocolos-de-investigacion-observacional
http://www.portal.ins.gob.pe/es/ogitt/ogitt-c2/investigacion-en-salud/requisitos-y-tramites-para-la-presentacion-de-protocolos
http://www.portal.ins.gob.pe/es/11-servicios-web-para-investigadores/449-biblioteca-virtual-en-salud-bvs
http://www.portal.ins.gob.pe/es/ogitt/ogitt-c5/comite-institucional-de-etica-para-uso-de-animales-en-investigacion/informacion-general

6.- FLUJOGRAMA:

Flujograma FIHU 2016